Objeto de la regulación: El objeto de la iniciativa es otorgar marco legal a todos los Servicios de Comunicación Audiovisual independientemente del soporte técnico utilizado para su transmisión.- El libre acceso a las nuevas tecnologías permitirá el establecimiento de garantías destinadas a proteger el pluralismo y la diversidad de todas las producciones audiovisuales.
Autoridad de aplicación: El organismo que regulará los Servicios de Comunicación Audiovisual será dirigido por un órgano colegiado integrado por representantes de la legislatura nacional, de la segunda y tercera minoría y representantes del Poder Ejecutivo Nacional.- Se establecerá un Consejo Multisectorial y Participativo integrado por representantes de las Universidades, de las Asociaciones sin fines de lucro, de los trabajadores del sector, etc.
Protección al trabajo argentino y local: Se garantizará y protegerá el trabajo local y argentino mediante cuotas de pantalla de cine nacional. - Se exigirá el 70% de producción nacional en las radios y el 60% en la TV.
Licenciatarios: Se permitirá el acceso a las entidades sin fines de lucro. Se reservará con carácter inderogable, el 33% del espectro para las personas jurídicas sin fines de lucro tales como, asociaciones, fundaciones, mutuales, etc.
Monopolios y Oligopolios: Se impedirá la formación de monopolios y oligopolios.- Se promoverá el pluralismo del espectro y de los servicios de Comunicación Audiovisual.
- El Estado Nacional, las Provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y los Municipios tendrán asignadas frecuencias.
Producción de contenidos educativos e infantiles: Se fomentará la producción de contenidos educativos e infantiles.- Se establecerá un Consejo Asesor sobre Audiovisual e Infancia para garantizar el cumplimiento de estos objetivos.
Calidad de la información: Se promoverá la polifonía de informaciones y opiniones en concordancia con lo establecido en los pactos de Derechos Humanos.
Medios Públicos: Se permitirá que las Universidades tengan emisoras sin restricciones ni obligación de ser sociedades comerciales.- Se propondrá un sistema de medios estatales con objetivos democráticos, con participación y control comunitario y social.
Participación parlamentaria: Se dará participación al Congreso de la Nación, y su intervención será obligatoria en la conformación de la Autoridad de Aplicación, la elección de las autoridades de los Medios Públicos y la elección del Defensor del Público.- Se dará participación y representación a la segunda y tercer minoría parlamentaria.
Control parlamentario: El control del Congreso de la Nación estará previsto para evaluar el funcionamiento de la Autoridad de Aplicación, de los medios públicos y el desempeño del Defensor del Público. Para ello se crea la Comisión Bicameral de Seguimiento y Promoción de los Servicios de Comunicación Audiovisual.
Multiplicidad de licencias en servicios abiertos: Sólo se podrán tener 10 licencias de servicios abiertos.
Multiplicidad de licencias en sistemas por suscripción: Las licencias de TV paga estarán limitadas en número y en cuotas de mercado.- Publicidad: Se reglamenta el tiempo de publicidad en los sistemas de TV paga.
Plazo de licencias: Las licencias durarán 10 años y se podrán prorrogar 10 por años más, previa realización de Audiencias Públicas.
Señales de televisión: Los incumplimientos de las señales son responsabilidad de quien las distribuye y no de quien las produce o comercializa.- Se regularán las Señales de TV. Se prevé que las responsabilidades sean asumidas por los titulares de los contenidos y no de quienes sólo prestan facilidades de acceso. Desde el punto de vista de los avances tecnológicos se justifica dada la aparición de nuevos actores en la cadena de valor.
Requisitos para ser titular de una licencia: Para ser titular de una licencia se ponderarán criterios de idoneidad y de arraigo en la actividad. Se excluirá de la posibilidad de ser titular a quienes hayan sido funcionarios jerárquicos de gobiernos de facto, atendiendo ala importancia de los medios en la construcción del Estado de Derecho y la vida democrática.
Nuevas tecnologías: Las nuevas tecnologías son consideradas una herramienta esencial para asegurar la pluralidad y diversidad de voces.- Se promoverá la universalización de su acceso para achicar la brecha digital y promover la alfabetización tecnológica. Se prevén servicios conexos a los de comunicación audiovisual en forma flexible, y con neutralidad tecnológica. Por primera vez se auspicia la redistribución del conocimiento por vía del aprovechamiento de las nuevas tecnologías.
Régimen de titularidad de licencias: Se adoptarán medidas para la desconcentración de la explotación monopólica de derechos de exhibición, tal como existen en los Estados Unidos, Canadá y la Unión Europea.- Se restringirá la propiedad conjunta de licencias de TV y empresas productoras de señales de contenido.
Federalismo: Se promoverá tanto la participación institucional de las provincias como la protección a contenidos locales y regionales destinados a sostener la producción local. Ello conlleva trabajo genuino a todos los integrantes de la cadena de valor de la producción audiovisual.
Régimen sancionatorio: Se reglamentará en el marco de lo establecido por los Tratados Internacionales de Derechos Humanos.
Contenidos de interés público: Este proyecto prevé que los partidos de fútbol relevantes podrán verse por TV abierta.
Medios de propiedad social: Se promoverá la regularización de medios comunitarios, que han estado excluidos durante décadas.
Industria de contenidos: Se promoverá la creación de conglomerados creativos y de contenidos del mismo modo que se ha realizado en varios países, como Estados Unidos, Australia, India, Canadá y España.
Cooperativas: Se establecerá un régimen abierto de participación para las cooperativas. También se implementarán medidas tendientes a evitar abusos de posición dominante.
Cine nacional: Se establecerá una Cuota de Pantalla de Cine Nacional, como lo han hecho países como Francia o Brasil.
Control de tarifas de servicios por suscripción: Se establecerá una Tarifa Social
viernes, 20 de marzo de 2009
NUEVA LEY DE RADIODIFUSIÓN :Puntos Importantes
La iniciativa explicitada por el Ejecutivo incluye los siguientes puntos destacados:
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