miércoles, 12 de noviembre de 2008

Fallo Historico

La Corte Suprema de Justicia derrumbó ayer la estructura de representación sindical vigente en el país y puso en un pie de igualdad a la CGT con las centrales obreras disidentes, al dictar un fallo que habilita a los gremios sin personería gremial a tener delegados en las empresas. Con la firma del presidente del tribunal, Ricardo Lorenzetti, y de otros cinco ministros, la Corte reconoció el derecho de los sindicatos sin personería poder convocar a elecciones y nombrar delegados.El máximo tribunal tomó esa decisión al hacer lugar a un recurso presentado por la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) y, de inmediato, disparó reacciones dispares en las centrales oficiales y disidentes.El fallo dice que, tal como estaban las cosas, se encontraban limitadas las facultades de los trabajadores para ser delegados al igual que en las centrales sin personería para poder ejercer una de las tareas elementales del gremialismo.De inmediato, la Central de Trabajadores Argentinos (CTA) y ATE, que forma parte de esa matriz, salieron a celebrar el fallo, mientras que la CGT lo calificó como una locura y en el Ministerio de Trabajo evitaron expedirse sobre la resolución.En este sentido, la cúpula cegetista anunció que mañana se reunirá con su equipo de abogados laboralistas, para analizar las consecuencias del fallo de la Corte Suprema. El encuentro estará encabezado por el secretario general, Hugo Moyano. La CGT buscará unificar criterios ante el fallo. Por eso, los voceros de la central obrera justificaron la falta de una palabra oficial para dar un posicionamiento, aunque destacaron que el ánimo reinante entre los jefes sindicales es de sorpresa.La CTA reclamó durante todo el mandato de Néstor Kirchner que se le otorgue la personería gremial, pilar esencial del esquema sindical hasta este fallo. Pero ahora el tribunal relativizó la influencia de esa herramienta.En su resolución, la Corte declaró la inconstitucionalidad del artículo 41 inciso “a“ de la Ley 23.551, que establece que para ser delegado en una empresa debe ser elegido en comicios convocados por un sindicato con personería gremial, la cual es otorgada por el Estado. Para los jueces esa ley viola el derecho a la libertad de asociación sindical y choca contra las normas de raigambre internacional.Así, el máximo tribunal revocó una decisión de la Sala IV de la Cámara Nacional del Trabajo, que había coincidido con la cartera que conduce Carlos Tomada, y le otorgó a ATE la posibilidad de convocar a elecciones en el ámbito del Estado Mayor General del Ejército y el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas.

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